- Hasta la fecha nadie ha explicado cuáles son los “indicios razonables “ que demuestran la culpabilidad del coronel Linares Ricalpa.
· La presión mediática de la prensa y los desatinos del ministro del Interior , Walter Albán, han permitido que se levante una serie de rumores, chismes y conjeturas que vulneran el principio de presunción de inocencia .
El coronel Jorge Linares Ripalda, procedente de la ex Guardia Civil , ha sido detenido en Chiclayo por supuestos vínculos con la organización criminal El Nuevo Clan del Norte o La Gran Familia III y traído a la capital , enmarrocado, conducido como un vulgar delincuente, estigmatizado por la prensa amarillista y sentando ante los sabuesos de Inspectoría General de la PNP quiénes están ávidos de demostrar su responsabilidad administrativa- disciplinaria porque según existen “ indicios razonables” ( tal como lo dijo el ministro del Interior, Walter Albán) de haber mantenido vínculos con la banda criminal antes mencionada .
La noticia de su detención ha caído como un baldazo de agua fría en la Policía Nacional, no sólo por ser un oficial de alto rango sino que este oficial superior estaba voceado para ser general y la forma cómo fue traído a la ciudad de Lima : esposado y con el estigma de ser un criminal . Su sobrino Milton Montalvo pide que se investigue más y que se le dé un trato justo a su tío.
No quisiera estar en la piel de este oficial superior que estaba en la lista para ser ascendido a general PNP y que se venía desempeñando como Jefe de la Dirección Territorial de la Policía de Lambayeque. Prácticamente, las autoridades del sector interior , de la Policía Nacional y la prensa “piraña” lo han sepultado en vida y lo han condenado antes de cualquier proceso o investigación realizada con todas las garantías de un debido proceso , vulnerando ese principio llamado “Presunción de Inocencia”, que el ministro del Interior lo conoce bien porque es abogado y ha sido defensor de los derechos humanos .
Todos los hechos y los indicios lo condenan, hasta el detalles de haber pedido su pase al retiro, algo que fue tomado como indicio de culpabilidad o el hecho de que uno de sus subalternos haya desaparecido cuando los policías lo fueron a detener.
Pero , nadie ha explicado hasta la fecha cuáles son esos “indicios razonables “ que demuestran su culpabilidad , levantándose sobre este caso una serie de rumores, chismes y conjeturas.
Se sabe que su detención fue ordenada por la jueza del Segundo Juzgado Penal Nacional, Juana Mercedes Caballero García, en base a las imputaciones del Ministerio Público y de un grupo de suboficiales de la PNP detenidos a inicios de este mes por el mismo caso. Se reportó que otros tres policías fueron detenidos, entre ellos Ángel Villanueva Pizarro y Lorenzo Níñoque Baquedano, que fue detenido contando con la presencia del representante de la Fiscalía Supraprovincial contra la Criminalidad Organizada, Miguel Toyohama Arakaki y que la Policía de Secuestros de Lima y el Ministerio Público habían realizado una investigación en primera instancia que determinó la responsabilidad del coronel Linares .
Pero, como estas instituciones ( Poder Judicial ,Ministerio Público y la PNP) están tan desprestigiadas y la ciudadanía desconfía de ellas y de sus investigaciones que se supone deben ser imparcializadas y objetivas, sumado a las conjeturas que ha desatado la prensa sobre el motivo de la detención del coronel, la opinión pública considera que en este caso existe “gato encerrado” y que puede deberse a venganza o para sacar de en medio a este coronel que ha tenido grandes logros en la lucha contra el crimen organizado durante su carrera profesional .
Pero, dejando de lado los dislates del ministro del Interior que de antemano ha condenado al coronel sin darle oportunidad a defenderse y ser sometido a un proceso con todas las garantías de ley, la actuación del Ministerio Público y la Policía de Secuestro que los sindican como responsable de haber tenido vínculos con una banda criminal sin mayores asideros, lo que preocupa es observar a diario que un gran sector de la prensa peruana practica lo que se conoce como el juicio paralelo o presión mediática , afectando la imparcialidad de la investigación e inclinando la voluntad de fiscales y jueces .
En determinados casos , la presión mediática de la prensa puede ser tal que parece imposible pensar que el coronel Linares no sea procesado y sentenciado en consonancia con el sentir de un clase social determinado o con un grupo social concreto.
El juicio paralelo es un conjunto de informaciones que aparecen a lo largo de un periodo de tiempo en los medios de comunicación sobre un caso a través de los cuales, la prensa realiza una valoración sobre la regularidad legal y ética del comportamiento de personas implicadas en hechos sometidos a una investigación o proceso judicial ; valoración que poco a poco se convierte ante la opinión pública y las autoridades en una suerte de proceso paralelo o presión mediática.
Quiere decir que al cabo de un determinado periodo de tiempo, en el que han ido apareciendo informaciones sobre los hechos acompañados de juicio de valor más o menos explícitos, editoriales, contribuciones de personas ajenas a la plantilla de tales medios, las personas afectadas aparecen ante la opinión pública, o al menos ante un segmento de ellas, como inocentes o culpables, creando un clima favorable o adverso para los investigados o procesados, incluso, pueden determinar o influir en el ánimo de policías , fiscales o jueces para la decisión final sobre el proceso.
El principal problema que existen en los llamados “juicios paralelos” es la posible colisión de la libertad de prensa- derecho al que se alude en este caso- con los derechos procesales de los investigados o justiciables.
Es difícil mantener a la ciudadanía al margen de los casos judiciales más polémicos y sobre todo impedir que en un momento determinado, la prensa, la radio y la televisión puedan hacerse eco de ello y controlar el juicio paralelo de la prensa no es tarea fácil debido fundamentalmente al papel esencial- reconocido en numerosas sentencias del Tribunal Constitucional- que tienen los medios de comunicación en la sociedad actual. Sin embargo debemos plantearnos la hipótesis de que si bien la prensa busca informar a la opinión pública, también pueden existir intereses ocultos que justifican o determinan una concreta línea editorial: proteger o ayudar a uno de los procesados o influir en la decisión final del juez a favor de una de las partes.
Pero sobre todo, se debe garantizar la presunción de inocencia y prevenir cualquier influencia exterior en el curso de la investigación ya que los juicios paralelos de la prensa pueden vulnerar la presunción de inocencia y ser una influencia exterior negativa en el curso de la administración de justicia para cualquiera de los procesados .
En nuestro país no existe regulación a este fenómeno , sumado a la complejidad del tema porque si bien es cierto las consecuencias que tales campañas mediáticas o juicios paralelos pueden tener en los diferentes procesos judiciales y que podrían ser decisivas, los mecanismos para controlarlas son indirectos, con lo cual en un primer momento del proceso es prácticamente imposible evitarlo, y sólo podrá actuarse cuando el fallo
En resumen, debemos concluir que el papel de la prensa en cuanto al llamado juicio paralelo debe ser regulado, limitado, porque aunque el fin de la prensa sea informar y satisfacer un interés tan digno de protección como debe ser el interés público, es preciso también proteger los derechos fundamentales de los procesados como son la la presunción de inocencia y la imparcialidad y objetividad de las investigaciones.
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