jueves, 25 de noviembre de 2010

CAUSAL DE RETIRO POR INSUFICIENCIA DISCIPLINARIA



La idea de crear este bitácora es para ayudar a todos los que necesiten ayuda porque el conocimiento es gratuito .

Mientras analizo y estudio su caso, es un momento bastante oportuno para que los seguidores del blog que conocen sobre este tipo de causales de retiro por insuficiencia disciplinaria hagan conocer sus sugerencias al amigo Juan José:



Dr. Benedicto Jimenes, muy buenos días, quien le escribe, es un joven que actualmente esta un poco preocupado por la situación de su hermano mayor, el es capitán de la policía, actualmente reside en Tumbes su problema se sujeta a lo siguiente:

El ha acumulado 42 puntos durante el periodo Junio 2008 - Junio 2009, por tanto esta dentro de los alcances para irse de retiro por insuficiencia disciplinaria, dado que esta señala que su un oficial no pasa los 52 puntos esta dentro de esta causal de retiro.

He tratado de leer e interpretar la ley de la Justicia Militar, me ha resultado un poco complicado, dado a los constancias cambios y modificación a la leyes.

La ley 29356, no se si esta sera la ultima ley que les regula, pero en base a esta ley, en su art. 36 nos señala las clases de sanciones, mi hermano esta dentro de la causal de inciso 5 pase a la situación de retiro por por medida disciplinaria, esta establece su separación del cuerpo militar de manera definitiva; sin embargo esta se aplica cuando se le ha sancionado al oficial con una sanción considerada como muy grave, algo que mi hermano en su legajo no tiene, dado que el solo tiene 2 sanciones leves y 1 muy grave,


Mi hermano a tratado de hablar con muchos abogados, estos primero le dices que a el le corresponde aplicar la sanción del inciso 4: pase a la situación de disponibilidad por medida disciplinaria, sin embargo otros le dices que la sanción impuesta es correcta, ya le han sacado dinero a mi hermano, y no han hecho absolutamente nada, incluso un abogado le dije que presente una acción de amparo, y que lo presentara por la vía civil , sin embargo consultando con otros abogados, estos me dicen que no va proceder dado que no ha agotado la vía previa, el abogado le cobro no se cuanto a mi hermano por ese escrito y ni siquiera le ha servido..

No se cual es la verdad, ya son varios que nos cobran pero no hacen absolutamente nada, ha pasado caso 8 meses desde que me enteré de la situación de mi hermano y desde ahi he tratado de ayduarle pero en la direccion de la policia, todo es personal, no me permiten hablar ni hacer ningun reclamo, mi hermano no puede venir a Lima, por encontrarse en tumbes, la verdad he leído algunos articulos que usted a publicado en la web, me han parecido interesantes.

Quisiera su asesoramiento legal, no se si usted podría llevar el caso de mi hermano, no sé cuanto me cobrara por sus servicios, soy consciente de que mi hermano no es un santo, pero también soy consciente que el ha cometido muchos errores, tal vez como no hacer su descargo en el momento oportuno. todo le pareció broma y ahora por su negligencia está donde está.

Actualmente la resolución ya lo han mandado al lugar donde trabaja (Tumbes), aunque todavia no lo recibe.

Dejaría que a mi hermano lo reiteren de la PNP si hubiera cometido algo grave (robar, asesinar, insultar a su superior), pero no es nada de eso, ademas ila ley señala que la causal de retiro por medida disciplinaria pasa cuando te sancionan por falta muy grave, algo que mi hermano no tiene, no entiendo por que le dan ese castigo.


No lo interrumpo más, espero que pueda ayudarme.

Atentamente

JUAN JOSE ROJAS QUISPE

No hay comentarios:

TESTIMONIO BENEDICTO EN MEGAJUICIO FUJIMORI

KETIN CON VLADIMIRO CONVERSAN SOBRE BENEDICTO Y MARCOS MIYASHIRO 25DIC1999