lunes, 19 de abril de 2010

Raquel Emérita DELGADO ANGULO o el fin justifica los medios.



Sin lugar a dudas, Raquel Emérita DELGADO ANGULO , actual presidenta de la Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A , es fiel seguidora del principio maquiavélico “ el fin justifica los medios “.

Para lograr su objetivo de apoderarse de la presidencia de la Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A , persona jurídica debidamente reconocida, que le permita actuar en su nombre y representación, y ejercer facultades de disposición del patrimonio, en una seudo asamblea extraordinaria supuestamente llevada a cabo el 18 de abril 2008, no tuvo reparos en violar el Estatuto de la comunidad, consignando como presentes a personas que no asistieron a dicho evento, así como a comuneros fallecidos hacia años los revivió como Lázaro, induciendo a error a la oficina registral de personas jurídicas con el objeto de obtener una resolución contraria a la ley .

Con este hecho, es evidente que la Raquel Emerita DELGADO ANGULO, actual presidente de la Comunidad. de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A , habría cometido falsedad simulando , suponiendo , alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros como se observa al consignar como cargos directivos durante la gestión de los años 2005-2006 a personas que no asistieron a la seuda asamblea extraordinaria del 18 de abril 2008 , así como a fallecidos e inexistentes a la fecha de la realización de la asamblea , causando grave perjuicio a los consignados en dicha junta directiva , ya que existe un proceso penal (Expediente Nº 43-08) que se ventila en el 43° Juzgado Penal de Lima donde se les imputa a los consignados en la Directiva la regularización e inscripción de junta directiva como si hubieran ejercido durante dicho período esas funciones , hecho este que es falso y no acorde con la verdad , máxime si se tiene en cuenta que con esto perjudicaría la situación jurídica de dichas personas al falsear la verdad y colocar datos falsos en el acta levantada con motivo de la asamblea aludida, logra inscribir y reconocer a la junta directiva 2005-2006.

Estas personas perjudicadas son las siguientes:

Presidente: Luís Hugo Benavides Caldas

Vicepresidente: Antonieta Grutter Bouby

Secretario de Actas: Santiago Augusto Meyer Durand

Secretario de Economía: Pedro Navarrete de los Ríos

Secretario de Extensión Cultural: Marcos Rafael Zambrano Florián .

Vocales: Carlos Orlando Ramos Sale, Juan José Arroyo Castillo y Eduardo Diestra Gutiérrez.

A Luis Benavidez Caldas, Antonieta Grutter, Pedro Navarrete y Eduardo Diestra, a pesar de no haber participado en dicha asamblea del 18 de abril 2008, se les consignó como que autorizaren ejercer dicho cargo para el período 2005-2006.

Una de las comuneras, la Sra. Martha Judith Padilla Rodríguez, quien se entera de que su nombre había sido colocado como presente en esta sospechosa asamblea extraordinaria, el 11 de setiembre 2009, formula denuncia contra Raquel Emerita DELGADO ANGULO por la presunta comisión de los delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo, fraude procesal y falsedad genérica .

A raíz de la publicidad registral, la denunciante tomó conocimiento sobre el Asiento AOO3 de la Partida Electrónica Nº 11842048 del Registro de Personas Jurídicas de Lima en donde aparece que con fecha 18 de abril 2008 se había llevado a cabo una Asamblea General Extraordinaria convocada por Emérita Delgado en su calidad de Presidente de la Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos SA.

Asimismo, la denunciante, acompaña en su denuncia declaraciones juradas con firmas legalizadas ante notario de los comuneros cuyos nombres y firmas fueron colocadas en el acta sin haber asistido a seudo asamblea extraordinaria del 18 de abril 2009 (David Adán Eduardo Chávez, Marco Antonio Saravia Gómez, José Saravia Gómez, Lorenzo Moisés Huapaya Villalobos), las actas de defunción de los comuneros que habían consignado sus nombres en la asamblea (Homero Mego Núñez, fallecido el 10 de enero 2004: Sergio Humberto Chumacero Huayhua, fallecido el 5 de enero 99), la copia certificada del Título Archivado Nº 20009-00323999 del Tomo Diario 0492 que dio origen al Asiento A0003 de la Partida Electrónica Nº 118242048 del Registro de Personas Jurídicas), la declaración jurada del Quórum y Libro de Padrón de la Asamblea Extraordinaria de Regularización del 18 de abril 2008 que forma parte del Título Archivado Nº 2009-00323999 del Tomo Diario 0492 con el cual se logra inscribir el reconocimiento de la señora Delgado Angulo como presidente de la Comunidad, lo que definitivamente constituye un atentado a la fe pública y la administración pública a través de la observancia de una adecuada conducta en los procedimientos administrativos por parte de los administrados.

Ante tal hecho, la denunciante, logra acceder al Título Archivado Nº 2009-00323999 del Tomo Diario 0492 que dio origen al asiento mencionado, en donde comprueba que aparecía su nombre como asistente o participante de dicha asamblea extraordinaria , lo cual no era cierto, porque no tiene el don de la ubicuidad ni tenía conocimiento de la realización de dicho acto en donde se había acordado delegar a la presidente las atribuciones o facultades de administrar la comunidad, celebrar contratos de arrendamiento, cesión de uso , transacción, comparendo arbitral , gravar inmuebles y enajenar bienes muebles o inmuebles .

Estas facultades, más aún que hubo una pérdida simulada de documentación contable de la institución, la señora Delgado Angulo prácticamente tiene la facultad de hacer y deshacer a su libre albedrío de todos los ingresos de la comunidad, configurándose el perjuicio que tanto pretende negar la denunciada y que necesariamente debe ser objeto de una investigación en sede jurisdiccional.

En su defensa, la denunciada esgrime la vieja estrategia legal de “que la mejor defensa legal es el ataque” y hace referencia a un supuesto caos dejado por el consejo directivo presidido por el Sr. Luís Hugo Benavides Caldas, quien supuestamente favoreció a uno de sus allegados, entre los que está la denunciante, a quien se le concedió un préstamo que no fue devuelto. Para esta falsa acusación se vale de un informe presentado por el contador Eloy Medina.

Asimismo, aduce que es procedente y legal que las personas ausentes o fallecidas puedan ser representados por sus apoderados o por quien representa a sus sucesores, argumento que contradice el Estatuto de la Comunidad que refiere en su artículo 20 que en las asambleas generales cada miembro tiene derecho a un voto el que será individual u obligatorio, no aceptándose voto por poder.

No hay mejor manera de sembrar la duda y restar credibilidad a toda denuncia que borrar la memoria del pasado , en este caso, todo información contable y administrativa de la comunidad en donde se encontraba la cancelación de los préstamos de la denunciante..

Raquel Emerita DELGADO ANGULO, habría evidenciado una habilidad y astucia inaudita cuando el 3 de julio 2007, solicitó la presencia de policías de la Comisaría de Lince a fin de que constaten que ese día se habían sustraído 3 CPUs que contenían información exclusiva de la entidad, entre los que estaba la información contable y administrativa.

Para tener en cuenta, el 07 de noviembre 2007, la denunciada DELGADO ANGULO, en su condición de presidenta de la Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A., vuelve a presentar una denuncia ante la Comisaría de Santa Clara, aduciendo haber sido víctima de arrebato de una bolsa conteniendo en su interior Libro de Actas Nª 01, Libro de Actas Nº 02 y el Libro de Actas del Comité Electoral , Expediente de Demandas contra telefónica del Perú y documentos varios, pertenecientes a la Comunidad .

Ese mismo día, como si hubiese sido concertado, la Sra. María Gladys Cangahuala Inga, presenta otra denuncia ante la Comisaría de Miraflores aduciendo que había sido víctima de la sustracción de un portafolio que contenía documentos de transferencia del período 2002-2005 de la Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A.

La pregunta que flota es como sigue: ¿No resulta sumamente sospechoso que el mismo día, tanto a las Sra. Delgado como a la Sra. Cangahuala, fueron objeto de sustracción en circunstancias bastante extrañas de documentación importante de la Comunidad? ¿O acaso, existía una concertación entre ambas para hacer desaparecer documentación clave de la Comunidad que pueda favorecerlas?

El accionar doloso de la denunciada , Raquel Emérita DELGADO ANGULO , queda plenamente establecido , por lo que deberá responder ante la justicia por los presuntos delitos contra la Fe Pública (Falsedad Genérica) , contra la Administración Pública (Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo) y por el presunto Delito Contra la Administración de Justicia (Fraude Procesal ).

Finalmente, la denunciada, no obstante los hechos anteriormente descritos y de contenido penal, logrado inscribir en el Asiento A00006 de la Partida N° 11842048 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, la Asamblea General de fecha 30.05.08 que se habría reaperturado el 19.11.09, por la cual se le delegan facultades mancomunadas con Beatriz DELGADO MERCADO DE VALLE, para que venda, grave, los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A. Circunstancia que deja entrever que, la denunciada tiene la potestad de DISPONER a LIBRE DISCRECIÓN los bienes que forman parte del patrimonio de la Comunidad, sin tener que dar cuenta de la venta y/o adjudicación a título oneroso o gratuito de los bienes de la entidad.

Todos estos hechos se ventilan ante la Sexta Fiscalía Provincial de Lima, que despacha la doctora Ruth SOTOMAYOR GARCIA, bajo el Ingreso N° 327-09, siendo el caso que ya hace más de un mes que recibió el Atestado Policial N° 36-2010 de la DIRINCRI PNP, y aún no se ha pronunciado al respecto.

Esperamos que pronto proceda a denunciar este hecho en defensa de la legalidad y del patrimonio de la Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos. Estaremos vigilantes porque justicia que tarda ya no es justicia.


Fuente : El justiciable/ blog de Salvador Justo Palacios

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