jueves, 22 de julio de 2010

BENEDICTO JIMENEZ QUERELLA A EDDIE ALVAREZ, DIRECTOR SEMANARIO LA VERDAD POR LANZARSE BASURA DIFAMATORIA POR VENTILADOR






" Nunca debemos perder el honor ya que no hay modo alguno de recobrarlo porque las heridas que en el honor se reciben son incurables"
( Napoleón)



La Verdad es un diario semanal que hace poco acaba de tener una salida parturienta al mercado de los medios y no ha visto una mejor oportunidad que colgarse de una noticia publicada por Caretas el 8 de julio ; revista a la que también Benedicto Jiménez , querelló por difamación agravada a su director y presidente de Directorio , porque nadie tiene derecho a lanzar basura difamatoria por ventilador, incluso, sin antes haber tomado las precauciones para llamarte o agotar los medios para conseguir tu versión de los hechos .

Lo que no sucedió ni con Caretas ni con este semanario cuyo nombre se pierde entre tantos otros que pugnan por salir del anonimato.

Este semanario en donde aparece como director un tal Eddie Alvarez, que luego fue identificado plenamente como EDUARDO ALVAREZ SOTOMAYOR, un sujeto al que Benedicto no conoce ni en peleas de perros, copiando algún texto de la revista Caretas quien también le lanzó basura difamatoria por ventilador , colocando algo de su cosecha como apreciaciones, comentarios, conjeturas, aseveraciones, en su primera página coloca la fotografía del abogado y empresario , Rodolfo Orellana Rengifo y con grandes letras la palabra MAFIA DE ABOGADOS, en donde, de manera irresponsable, la frase “ también estaría implicado el coronel PNP( R ) Benedicto Jiménez “.

Eddie Álvarez, director del semanario La Verdad, tendrá que responder ante la justicia por las frases difamantes en agravio de mi honor y reputación colocadas en su edición del 14-20 Julio y no piense que por colocar en condicional mi nombre , eso lo salvará del delito de difamación agravada, porque existe un error de apreciación en algunos comunicadores al pensar que pueden insultar, ofender, agraviar el honor de una persona, colocando su nombre, atribuyéndole algún hecho, conducta o cualidad en “condicional” . ¡ Craso error!

Emplear la condicional para referirse a una persona no es una expresión genérica, vagas e imprecisa, de todas maneras, se le expone ante la opinión pública , se le exponer al desprecio o al odio público , ofendiendo su honor y su reputación.

Además de copiar lo publicado por la revista Caretas en su edición del 8 de Julio, La Verdad pone su propia cosecha con el ánimo de difamar, pues en los hechos descritos se ha puesto de manifiesto una información que no obedece a una investigación seria .

Hablar del derecho al honor de las personas y a su propia imagen frente al ejercicio de las libertades informativas pareciera suponer, en primera instancia, un conflicto irresoluble si se busca la prevalencia plena del derecho a la información.

Tema todavía incipiente en nuestra cultura democrática, la defensa al honor frente a los medios informativos es apenas una asignatura pendiente en el desarrollo de nuestro régimen jurídico.

Su rezago es quizás producto de la tensión entre la búsqueda de la prensa por informar con libertad y la intención del poder público por acotar y establecer límites legales para proteger derechos que pudieran verse afectados por el ejercicio de las libertades de expresión e información.

Más allá de la necesaria actualización jurídica en temas como el derecho al honor y a la imagen, así como los derechos a la vida privada, de réplica y al secreto profesional del periodista, lo cierto es que también resulta preciso seguir impulsando las propuestas deontológicas que orienten a los medios informativos por iniciativa propia en los terrenos de la responsabilidad y en pro del derecho a la información.

La autorregulación ética constituye una vía que puede contribuir a armonizar la tensión entre el ejercicio de las libertades informativas y el derecho al honor y a la imagen. Porque un derecho humano de ninguna manera puede devorar al otro.

La armonización de los derechos humanos que se entrecruzan es el camino idóneo.

El sentido final de los derechos humanos es la armonía. No su sacrificio. No su mutilación. No su desmembramiento.

Y alcanzar este equilibrio armónico en los linderos del derecho a la información supone, en suma, asumir nuestra responsabilidad como periodistas.

Y ser responsables significa hacerse dueños plenos de nuestras decisiones y responder de ellas frente a los otros al grado de asumir costos y beneficios. Implica además saberse libres; mirarse en el otro al actuar; humildad para enmendar y disposición para aprender. Ése es el reto no sólo en materia de derecho al honor sino de todo el periodismo.

Algunos argumentos de la querella contra Eduardo Álvarez Sotomayor, director del semanario La Verdad , quien no ha visto mejor oportunidad para aumentar sus ventas que colgarse de la figura de Benedicto Jiménez, un hombre que se ha enfrentado y peleado, no solo contra el terrorismo, cuando muchos de los que hoy lo difaman , estaban escondidos o en buen recaudo en el extranjero , cuidando su pellejo, un luchador que se ha enfrentado y pelado contra verdaderos tiburones por defender su honor y reputación en una sociedad como la nuestra en donde impera el chisme, la especulación, los rumores , y todos los días somos testigos de cómo irresponsables que dicen llamarse comunicadores o periodistas, insultan, agravian o hacen trizas los sentimientos de peruanos como “criminales santificados”, pensando tal vez que están libres o exentos de responsabilidad penal .

ARGUMENTOS DE LA QUERELLA PRESENTADA CONTRA EDDIE ALVAREZ, DIRECTOR DEL SEMANARIO LA VERDAD .

Que en el ejercicio de la defensa de mi honor y reputación , la buena reputación y la imagen del “Estudio Orellana” , amparado en el artículo 2°, inciso 7 de la Constitución Política del Perú , en el último párrafo del Artículo 132º del Código Penal , solicito tutela jurisdiccional en la presente acción penal privada que interpongo contra Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, identificado con DNI Nº 07470507, Director del Semanario LA VERDAD, por la comisión del Delito Contra el Honor-Difamación agravada por medio de prensa, en agravio del suscrito y de la empresa a la que el querellado menciona como “Estudio Orellana” , a quien se le notificará en su domicilio laboral , que a la vez en su domicilio real, sito en el Jirón Galicia Nº 152-Departamento 101-Santiago de Surco que aparece en el mismo Semanario LA VERDAD , sustentado en los siguientes fundamentos de hecho y de derecho :

FUNDAMENTOS DE HECHO

Imputo al querellado ALVAREZ SOTOMAYOR, identificado con DNI Nº 07470507, Director del Semanario LA VERDAD, la comisión del Delito Contra el Honor –Difamación agravada por medio de la prensa, previsto y penado en el último párrafo del artículo 132º del Código Penal , en perjuicio de mi honor y reputación, así como de la imagen y reputación de la empresa a la que denomina en su edición Nº 15, correspondiente a la semana del 14 al 20 de Julio 2010 como “ Estudio Orellana” , por haberme atribuido hechos, cualidades y conductas , de manera aseverativa, sin dejar algún margen a la posibilidad o al principio de presunción de inocencia, en la primera página o titular del Semanario con el título “ BAJO LA LUPA ESTUDIO ORELLANA.- MAFIA DE ABOGADOS .- RODOLFO ORELLANA RENGIFO , ACUSADO DE FRAUDES MILLONARIOS.- TAMBIÉN ESTARÌA IMPLICADO EL CORONEL PNP ( r ) BENEDICTO JIMENEZ “. Esta es clara evidencia que se está refiriendo a mi persona como parte de la mafia de abogados de la cual formo parte .

También de manera aseverativa , no dejando margen para la posibilidad o presunción de inocencia , continúa difamándome en la página central o en el ESPECIAL, colocando mi fotografía, al costado del Dr. Rodolfo Orellana Rengifo, con la clara alusión a mi persona , en donde también me atribuye hechos, cualidades y conductas de manera tendenciosa como parte de una red de abogados que se dedica a la estafa, el fraude , la extorsión y que su informe lo hizo conocer hace tiempo para poner sobre aviso a los ciudadanos que tienen propiedades y se lo confían a malos estudios de abogados con la finalidad de ser saneados , los cuales bajo el pretexto , se apropian de los mismos, tal como ha sucedido . Es indudable que de manera irresponsable y temeraria, el querellado se refiere a mi persona , a la del Dr. Rodolfo Orellana Rengifo, y al “Estudio Orellana”, en donde laboro como abogado .

Asimismo, en clara alusión a mi persona, toda vez que aparece mi fotografía en la página central, me atribuye cualidades, hechos y conductas que lesionan mi honor y buena reputación, así como a la empresa a la que llama Estudio Orellana” , lugar donde trabajo como abogado, cuando se refiere a que se ve obligado a escribir sobre un tema que atañe a muchos pero que se le deja pasar a sabiendas que existen bandas bien organizadas que se apoderan de propiedades, gracias al dinero con que cuentan y con el que pueden comprar conciencias corruptas. Es claro y evidente que me atribuye ser parte de una banda bien organizada que compra conciencias corruptas.

Después , cuando el querellado, Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, hace un recuento de consejos dirigidas a personas inescrupulosas , carentes de valores, y que desea enriquecerse en corto tiempo o aumentar su mal habido patrimonio , adquiriendo uno más terrenos que podrían ser de gran tamaño y al colocar las fotografías del querellante, así como la del Dr. Rodolfo Orellana Rengifo , es lógico que dentro del contexto y el mensaje de la noticia, convertidos en consejos tendenciosos, se está refiriendo a mi persona también , en donde deja entrever que soy parte de la red de mafiosos que comprometo a notarios que son deshonestos, involucro a malos policías en actividad o en situación de retiro, o en su defecto, contrato a personas influyentes para que lo pongan en contacto con malos policías, que sería ideal el contacto con policías de alto rango o que hayan sido propuestos como Ministro , que implico también a funcionarios de los Registros Públicos , que envuelvo a funcionarios de una municipalidad para apropiarme de terrenos, que busco relaciones que permitan manejar la fiscalía, y que involucro a una serie de elementos operativos de dudosa reputación .

Cuando el querellado , Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, en la parte final del punto 07 , párrafos “ a” hasta la letra “d”, hace esta pregunta : ¿ NO LE PARECE QUE ASÌ SE TRABAJA PARA SALIR FAVORECIDO UN ESTUDIO DE ABOGADO , SEÑOR RODOLFO ORELLANA?, es lógico que también se refiere a mi persona como trabajador de dicho estudio , atribuyéndome conductas, hechos o cualidades que dañan mi honor y reputación , más aún , que aparece mi fotografía en la página central .

En otro punto del informe, el querellado , Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, se dirige a la opinión pública diciendo para que juzguen como son estos señores que trabajan para Rodolfo Orellana Rengifo, en clara alusión también a mi persona, como trabajador del Estudio Orellana, refiriéndose como que somos estafadores , y que según la Revista Caretas , se ha tratado de perjudicar al director de la corporación educativa CESCA, Jorge Pazos Holder , para apropiarnos de una propiedad de 178 Hectáreas , sin mencionar que este sujeto estuvo investigado en el 2002 por Lavado de Activos al haber sostenido relaciones sentimentales hace mucho años atrás con la Sra. Tula VELA ROJAS, quien se encuentra sentenciada por el delito de TID; relación de la cual nace su hija que hoy tiene 16 años.

Luego , con una clara intención de seguir difamando al querellante, utiliza palabras como “ la orquesta de Orellana” , en donde se refiere a que está acusado de conformar una mafia de millonarios fraudes bancarios , tráfico de tierras y propiedades inmuebles orquestada por mi persona y en tapete figura hasta Benedicto Jiménez , en clara alusión a mi persona, Y tal como señala la revista Caretas, estoy bajo la lupa por ser parte de una red de estafas y tráfico de tierras . Y que hasta donde han podido indagar , soy parte de los que rodean al Dr. Orellana quienes supuestamente nos prestamos a fraudes y que la venimos ejecutando desde el 2004, bajo dos modalidades de fraude , una haciéndome de terrenos de particulares, empresas e incluso , la Municipalidad de la Victoria , mediante contratos de compra-venta fraguados ; la otra, embaucando a tres entidades bancarias por montos millonarios , tan solo con el Scotiabank la cifra supera los US$ 3´550,000.
Luego con el título de “Los testaferros de Orellana” , hace mención que como cereza , soy parte de la conexión resaltante que nace de las estafas al Scotiabank, y que el 14 de marzo último presente una denuncia ante el ministro del Interior , Octavio Salazar, contra el suboficial PNP Gerardo Manuel Llerena Bullón, acusándolo de enriquecimiento ilícito; suboficial PNP que estaba investigando el caso de estafa de Scotiabank , hoy ya no.
Pero que , hice la denuncia en mi condición de vicepresidente de la Asociación Civil Unidos Contra el Narcotráfico (Ucona) , tratando de detener en su investigación al suboficial que estaba tras las pistas de estafa de su socio en Ucona, Orellana .
De manera irresponsable , temeraria, al igual que lo hizo la Revista Caretas en su edición Nª 2137, del 8 de julio 2010, publicación que fue materia de una querella por difamación agravada contra el director y el presidente del Directorio, Enrique ZILERI GIBSON y Marco ZILERI DOUGAL, esta vez el querellado, Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, también se refiere a que existen vínculos y audios que habrían terminado por descubrir al Dr. Orellana y a todos los testaferros están vinculados a su persona y que como la cereza ,aparece una conexión resultante que nace de las estafas al Scotiabank , mi presencia , atribuyéndome ser socio en la red mafiosa y autor de una denuncia contra un policía que investigaba en Estafas la red mafiosa, con la intención de sacarlo de en medio..
Conforme consta en el Semanario LA VERDAD que se adjunta, y que constituye un medio probatorio idóneo o indicio de culpabilidad porque existe un evidente ánimo y clara intención de perjudicar al querellante en su honor y reputación , así como a la empresa “Estudio Orellana” donde laboro como abogado, atribuyéndome conductas , hechos o cualidades , con frases concretas y directas, sin tener motivo fundado que justifique las versiones que propala a nivel nacional , actuando el querellado con pleno desprecio a la verdad , a sabiendas de la falsedad de la información propalada , con frases ofensivas e inaceptables lo que revela la ausencia de verificación y la falta a la verdad, con el componente subjetivo finalístico de difamar o menoscabar la reputación del querellante , confundiendo los hechos e interpretando maliciosamente información real con hechos creados para denigrar mi imagen personal y desacreditarme ante la opinión pública .
Esta nota periodística a la que denomina “Especial” , en donde coloca a grandes titulares en la portada del Semanario MAFIA DE ABOGADOS, Rodolfo Orellana Rengifo acusado de fraudes millonarios y en la página central , “La historia negra de Rodolfo Orellana Rengifo”, en clara alusión a la persona del Dr. Orellana, colocando mi fotografía al costado , hace ver que también soy parte de esta mafia de abogados, parte de una banda bien organizada, que se apoderan de las propiedades y otras frases difamantes en clara alusión a mi persona , así como a la persona del Dr. Rodolfo Orellana, atribuyéndome ser su socio en la red mafiosa, de un profesional abogado que goza de prestigio , lo cual constituye toda una campaña difamatoria contra mi persona que empezó con la Revista Caretas , causándome un tremendo daño moral como ciudadano, abogado, padre de familia, en mi entorno social y amical, de incalculable dimensión , no sólo a mi persona sino también a la empresa ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES , así como a la Asociación Civil Asociación Civil “Unidos Contra el Narcotráfico y Lavado de Activos”( UCONA) , instituciones de reconocida trayectoria y legalmente inscritas en los Registro Públicos, sin fines de lucro , que desde hace un años ha iniciado una lucha frontal contra la corrupción , el Tráfico Ilícito de Drogas y el Lavado de Activos , recibiendo e impulsando las múltiples denuncias provenientes de los propios ciudadanos, entre las que estaba la denuncia contra el Suboficial PNP Manuel Llerena Bullón , quien había sido denunciado por evidenciar signos de enriquecimiento ilícito en bienes que no justificaban el sueldo que percibe mensualmente como policía .

El querellado , Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, con absoluto menosprecio a la veracidad de la información, me atribuyen conductas , hechos y cualidades con animus difamandi , demostrando una actitud irresponsable alejado de la profesión de periodista, sin tomar en cuenta los criterios para el cumplimiento del requisito constitucional a la veracidad de la información ; incluso , de manera temeraria y con toda desprecio a la presunción de inocencia y faltando a la verdad , en la página principal o titular coloca la palabra MAFIA DE ABOGADOS y seguidamente, Rodolfo Orellana ,acusado de fraudes millonarios y se refiere a mi persona como si estuviese también implicado y que soy socio de esta red mafiosa, que estoy bajo la lupa, en el tapete, en un tono amenazador e intimidante , que me obligará a pedir garantías personales porque estoy seguro que mi vida e integridad física a partir de dicha publicación , tal como sucedió con la publicación de la Revista Caretas, va a peligrar, no sólo por el seguimiento a que voy a ser sometido por el querellado y su equipo de investigación , quienes me han puesto, según ellos, bajo la lupa o en e tapete.

El querellado, Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, con total desprecio a la verdad informativa, alejada de todo nivel de diligencia exigible a los periodistas que se tildan de profesionales, sin realizar el contraste razonable de la información , sin tomar en cuenta la ponderación de la presunción de inocencia , SIN CONSULTARME O REALIZAR UNA LLAMADA PARA PEDIRME MI OPINIÓN, hace conocer a la opinión pública toda una retahíla de mentiras, especulaciones, de manera aseverativa , sin margen a la duda o probabilidad , sin respetar el principio de presunción de inocencia, dándole credibilidad a la versión o información de la Revista Caretas, publicada el 8 de julio 2010, y que fue motivo de una querella por difamación agravada y que le dieron credibilidad a la versión de un personaje como Jorge José PAZOS HODER, quien ha sido investigado por Lavado de Activos en el año 2002.

No cabe dudas de que el querellado, actuó con DOLO DIRECTO Y DOLO EVENTUAL, al publicar el informe titulado MAFIA DE ABOGADOS .- Rodolfo Orellana acusado de fraudes millonarios .- También estaría implicado el coronel PNP ( r ) Benedicto Jiménez , era consciente de que no decía la verdad cuando me atribuye ser parte de una MAFIA DE ABOGADOS , tener una histórica oscura y siniestra, ser parte de una red mafiosa , estar acusado de cometer millonarios fraudes bancarios, tráfico de tierras y propiedades .

Esta publicación es una violación flagrante al principio de presunción de inocencia y se difunde con la única intención de lesionar mi honor y reputación que tengo como abogado, padre de familia, ex policía, creador del Grupo de Inteligencia Antiterrorista ( GEIN) que capturó el 12 de setiembre de 1992 al líder terrorista , Abimael Guzmán; hecho histórico que me permite exigir siquiera un poco de respeto y consideración a mi honor y reputación ganada a pulso , así como al Dr. Rodolfo Orellana, a quien guardo una antigua amistad en base al respeto y admiración mutua ..
Es indudable que el querellado, Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, no mostró interés o diligencia mínima para comprobar de que la información que publicaba era verdad , ni se tomó la molestia de llamarme por teléfono para pedirme mi opinión o comentario , ni se preocupó por observar los deberes subjetivos y comprobar de manera razonable la fiabilidad o viabilidad de la información o de la fuente que utilizó como referencia.

En resumen, el querellado, Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, no ha respetado el deber de diligencia o la actitud adecuada de quien debe informar con la verdad. Si bien es cierto que la información veraz como contenido esencial no requiere o se refiere explícitamente a una verdad inobjetable e incontrastable, sino más bien a una actitud adecuada de quien informa en la búsqueda de la verdad, pero debe DEBER DE DILIGENCIA y contextualizarla de manera conveniente.

Para que se perfeccione este delito basta que con dolo o intención consciente de difamar que se hace contra una persona o empresa o institución, en este caso , ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES O UCONA, que la imputación de hechos determinados sean capaces de exponer al desprecio u odio público y que el querellado haya procedido con pleno conocimiento y conciencia de la falsedad de sus afirmaciones y del potenciar perjuicio que su reportaje iba a generar contra mi honor y reputación; todo lo cual revela el actuar doloso del querellado , Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD.

Si bien no se le exige al periodista que la verdad de lo que se informa sea inobjetable, pero por lo menos, debió cruzar información , consultarme sobre las imputaciones que hizo la Revista Caretas , pero se dedicó a especular de manera tendenciosa e irresponsable , colocándome como mafioso , y que estoy en la lupa y en el tapete .

Finalmente, la conducta desplegada por el querellado, se adecúa perfectamente a todos los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal del delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada por medio de la prensa, y se encuadra en los elementos exigidos por este tipo penal agravado debido a que las frases difamatorias se difundieron dolosamente a través de un medio de comunicación social masivo como es el Semanario LA VERDAD , con animus difamandi, de manera consciente y voluntaria de que con la información lesionaba mi honor y reputación , sin respetar el derecho a la presunción de inocencia y sin contrastar de manera diligente la información que ha difundido , no existiendo causal de justificación que la exima de responsabilidad penal .

También debo indicar que las informaciones difamatorias vertidas dolosamente por el querellado en mi agravio , además de ser difamatorias, resultan falsas y , que , en aplicación de lo establecido en el artículo 134° , numeral 4 del código penal, solicito a su despacho que el proceso se siga hasta establecer la verdad o falsedad de los hechos, cualidades y conductas difamatorias que el querellado me atribuye y ,.por consiguiente, os querellados me atribuyen y, por consiguiente , le requiero para que me demuestren que soy parte de una MAFIA DE ABOGADOS y que en base a la denuncia que presenté ante el ministro del Interior contra el Suboficial Llerena , éste fue separado de la investigación para que no siga investigando a la red mafiosa, según el querellado .
El artículo 132º , último párrafo del Código Penal, requiere que a través de los medios de comunicación social , se difunda ante varias personas reunidas o separadas una noticia, atribuyéndole a una persona una hecho, cualidad o conducta que pueda perjudicar su honor o reputación , siendo el elemento subjetivo el dolo entendido como animus difamandi .

La difamación es un delito que atenta contra el honor de las personas en dos aspectos: subjetivo y objetivo. El aspecto subjetivo supone el sentimiento de la propia dignidad o autoestima; el aspecto objetivo contempla de modo específico la reputación , la buena imagen o la valorización que otros hacen de nuestra personalidad ético-social , estando representado por la apreciación o estimación que gozamos ante nuestros conciudadanos .

La protección constitucional de la libertad de información y de expresión frente al derecho al honor se condiciona a que la información se refiera a hechos con relevancia pública en el sentido de noticiables y que dicha información sea veraz, lo que no ha sucedido en la publicación del Semanario La Verdad , eludiendo el querellado ciertos deberes y responsabilidades delicadísimas de quienes tienen la condición de sujetos informantes .

La protección no ampara cuando el autor es consciente de que no dice o escribe verdad , cuando atribuye a otro una determinada conducta (dolo directo) o cuando siendo falsa la información en cuestión no mostró interés o diligencia mínima en la comprobación de la verdad (dolo eventual.

El ejercicio de las libertades de información y expresión permite que los comunicadores puedan realizar una evaluación personal de la conducta de cualquier persona pero sin emplear calificativos que en su contexto evidencian menosprecio o animosidad, como los empleados por el querellado .

La publicación del Semanario La Verdad no cumple con los criterios para el cumplimiento del requisito constitucional a la veracidad de la información, los mismos que son : Información rectamente obtenida y razonablemente contrastada; es decir, que se impone un específico deber de diligencia en la comprobación razonable de su veracidad.

El nivel de diligencia exigible adquiere máxima intensidad cuando la noticia que se divulga puede suponer por su propio contenido un descrédito en la consideración de la persona a la que la información se refiere. Debe ponderarse el respeto a la presunción de inocencia , valorarse a efecto de comprobar si el informador ha actuado con la diligencia que le es constitucionalmente exigible , cual sea el objeto de la información, pues no es lo mismo la ordenación y presentación de hechos que el medio asume como propios o la transmisión neutra de manifestaciones de otros; además, el carácter de hecho noticiable, la fuente que proporciona la noticia y la posibilidad de contrastarla.

Por lo anterior, el querellado, Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, ha actuado con total desprecio a la veracidad de la información y no ha cumplido con este requisito para todo informador y no se limitó a informar sobre una noticia real o que estaba debidamente sustentada, obviando realizar , con carácter previo a la difusión de la noticia , una labor de averiguación y contraste de la información.

Es evidente de que el querellado, Eduardo ALVAREZ SOTOMAYOR, Director del Semanario LA VERDAD, no realizó una indagación profesional y seria sobre los hechos , cualidades o conductas que me atribuye , con la diligencia que es exigible a un profesional de la información , por lo que la nota periodística titulada “ BAJO LA LUPA ESTUDIO ORELLANA.- MAFIA DE ABOGADOS .- RODOLFO ORELLA RENGIFO , ACUSADO DE FRAUDES MILLONARIOS.- TAMBIÉN ESTARÌA IMPLICADO EL CORONEL PNP ( r ) BENEDICTO JIMENEZ” y se basó en simples rumores, meras invenciones, suposiciones conjeturales ; todas ellas, con el animus difamandi de lesionar el honor y la reputación del querellante y de la empresa que llama en su informe, “Estudio Orellana”

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Sustento mi petición en:

Artículo 2º , incisos 1,4 y 7 de la Constitución Política del Estado

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 12º del Código Penal

Artículo 132º , último párrafo del Código de Procedimientos Penales

El Acuerdo Plenario N° 3-2006/CJ -116 de las Salas Penales Permanentes y Transitorias que establece criterios para resolver la controversia o derechos en conflicto( honor y libertades de expresión o de información ).

MEDIOS PROBATORIOS

En calidad de prueba ofrezco con la finalidad de que el instructor lo meritue en su oportunidad lo siguiente :

El Semanario LA VERDAD (titular y página central ), edición Nº 15, correspondiente a la semana del 14 al 20 de Julio 2010

PETICION

En base a lo dispuesto por los artículo 11°, 12°, 23° , 28°, 41°,42° ,43°,92° y 132° del Código Penal , pido al Juzgado en mi condición de querellante que en su oportunidad se sirva condenar a los querellados como autores del delito Contra el Honor - Difamación Agravada en agravio del suscrito a una pena privativa de la libertad no menor de tres años y 365 días –multa , y se fije el monto que deberá abonar por reparación civil en S/ 80,000.00 ( OCHENTA MIL NUEVOS SOLES), teniendo en cuenta el daño causado y al haber procedido el querellado con total desprecio a la verdad , con temeridad , dolo y animus difamandi. .
POR LO TANTO

A usted Señor Juez, pido se sirva admitir la presente querella y tramitarla según su naturaleza, conforme al procedimiento especial previsto para los delitos cometidos por medio de prensa , en aplicación de lo establecido en el Libro IV Procedimientos Especiales , Titulo II del Código de Procedimientos Penales y declararla fundada en su oportunidad.

Corolario:

Les aseguro que vale la pena, en defensa del honor , enfrentarse a cualquier medio o llamado periodista que piensa que puede ser un “criminal santificado” por el hecho de tener una pluma que le permite insultar u ofender el honor de las personas.

Además, el gran Napoleón aconsejaba: " Nunca debemos perder el honor ya que no hay modo alguno de recobrarlo porque las heridas que en el honor se reciben son incurables" ( Napoleón)

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